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Macro-aparcamientos, paisajes culturales, sostenibilidad y visigodos

Isabelo Sánchez Gómez
Licenciado en Geografía e Historia

Durante años, la explanada de Vega Baja situada entre la Avenida América, la Avenida Carlos III y el Camino Molinero, se ha utilizado como aparcamiento. Los vehículos se estacionaban directamente sobre el terreno natural que, al ser llano, en época de lluvia, se convertía (se convierte) en un verdadero lodazal. Algunos coches, incluso, quedaron atrapados en los profundos baches que terminaban por crearse. Para subsanar este problema, el terreno fue explanado con maquinaria en varias ocasiones.

Con la implantación de la zona azul, este espacio se llenó aún más, con vehículos de comerciantes y clientes de negocios del barrio de Santa Teresa, pero también de los barrios adyacentes de Reconquista-Los Bloques y Palomarejos, cuando la ora se implantó en estas áreas, al ser este estacionamiento el más grande de la zona, y junto al existente entre Coronel Baeza-Maestros Espaderos los únicos gratuitos. El sistema de las zonas horarias, pensado para que los vehículos que aparcan en un barrio, sobre todo en horario de comercio, roten y por lo tanto todo el mundo pueda encontrar aparcamiento ha funcionado en este espacio desviando el flujo de vehículos hacia esta explanada que a determinadas horas del día aparece completamente llena, mientras que a veces, pueden observarse plazas vacías de las azules existentes en las calles. Muchas personas se desplazan con su vehículo a este gran espacio con la seguridad de que van a encontrar aparcamiento, de forma que en su entorno se ha creado un importante flujo circulatorio, y al mismo tiempo se ha convertido en un elemento que incentiva el uso del vehículo particular.

Muchos ciudadanos, y comerciantes de la zona, ante el lamentable estado de la superficie completamente bacheada y llena de charcos, y/o por la atracción de posibles clientes que se produce,  vieron con buenos ojos el proyecto de adecentado de este espacio, siempre y cuando fuera gratuito, claro está. La primera fase del proyecto de adecuación del aparcamiento de Santa Teresa comenzó a ejecutarse en octubre de 2018 y se inauguró el 15 de febrero de 2019. El acondicionamiento consistió en adoquinar una pequeña zona de toda la explanada que conforma esa parcela, y en otra zona aledaña, añadir una capa de zahorra de 20 centímetros de grosor. En la fase que se plantea ahora se pretende continuar la zona adoquinada sobre el espacio que anteriormente estaba cubierto por zahorra, y el resto de la explanada, a excepción de una pequeña cuña en la zona oeste, que según el proyecto tiene un "alto grado de protección arqueológica" [sic], se cubrirá de zahorra.


En mi opinión, este, y los otros aparcamientos de la zona presentan algunas contradicciones y problemas que intentaré argumentar y aclarar en las próximas líneas, que tienen que ver con, 1.- si un macro-aparcamiento es compatible o admisible en un paisaje protegido; 2.- si son o no necesarios, o son recomendables en el contexto de la crisis climática actual,  o cumplen con los objetivos de lo planificado desde el Ayuntamiento de Toledo en su Plan de Movilidad Urbana Sostenible; 3.- si en el subsuelo existen o no restos arqueológicos realmente valiosos y/o si estos restos son los mismos que unos metros más allá están protegidos como BIC; y 4.- el impacto o efecto del sellado del suelo arqueológico impidiendo su conocimiento real, en el contexto de la planificación especial de desarrollo urbano que se proyecta sobre este espacio.

1.- ¿Un aparcamiento, paisaje cultural?

Imagen de Google Earth del aparcamiento en 2014.
El "paisaje del aparcamiento toledano".
El Convenio Europeo del Paisaje considera como tal "cualquier parte del territorio tal como la percibe la población, cuyo carácter sea el resultado de la acción y la interacción de factores naturales y/o humanos" (Art. 1.a). Sin nos atenemos estrictamente a esta definición, cualquier obra humana realizada sobre el suelo habría que considerarla paisaje cultural, incluso un aparcamiento. 

Naturalmente la pregunta inicial es retórica a propósito. Trata de llamar la atención del lector sobre las reiteradas declaraciones de los políticos que nos gobiernan  sobre el respeto o la sensibilidad que ellos dicen tener hacia el patrimonio, desde que dejaron este espacio de vega listo para ser colonizado, de nuevo, por el asfalto y el ladrillo. ¿Son compatibles sus declaraciones, y sus hechos, con la protección de los paisajes protegidos? 

En las Directrices prácticas para la aplicación de la Convención del Patrimonio Mundial, se habla, entre otros aspectos, de los paisajes fósiles, o estancados en un momento del pasado, y los vivos o que siguen evolucionando. ¿Están creando nuestros políticos un nuevo paisaje de bloques de viviendas, cuarteles de la guardia civil, y macro aparcamientos?  Parece un razonamiento absurdo, y lo es, pero traigo aquí un hecho reciente relacionado con otro paisaje toledano y que me recuerda que, en este mundo de posverdad, cualquier cosa es posible. Uno de los más egregios gurús de la cultura toledana firmaba no hace mucho un informe para un parque temático que pretendía instalarse en un suelo protegido paisajísticamente de nuestra ciudad. En dicho escrito, después de cantar alabanzas a los paisajes toledanos durante más de treinta páginas, concluía en las dos finales que el paisaje protegido de la finca en cuestión era  el resultado de una compleja evolución histórica, principalmente producto de los cambios ocurridos desde la guerra civil y que, aunque  dotado de autenticidad, no era un paisaje extraordinario. Como un elemento "vivo", los paisajes estarían sujetos a cambios que pueden suponer una mejora, y de esta forma se crean nuevos paisajes, y en este sentido, igual que en la ciudad histórica de Toledo se han introducido elementos del siglo XXI creando o modificando el paisaje preexistente, el parque temático en cuestión, sería una oportunidad para generar un paisaje cultural que nos represente en el territorio en el futuro. ¡Tal cual!

El "paisaje del aparcamiento y los bloques de pisos toledanos"

Evidentemente esa aseveración, y esa realidad, de los paisajes vivos, tiene un límite. Es que es absurdo sustituir una realidad paisajística preexistente,  basada en unos valores considerados valiosos para proteger, por otra basada en algo tan peregrino o absurdo, a mi parecer, por un hipotético paisaje basado en la zafiedad arquitectónica de un parque temático o de ocio. Evidentemente nuestros políticos no son tan simples para contemplar la posibilidad de "sustituir" el paisaje de la Vega Baja mejorada con asfalto, ladrillo y vehículos aparcados (¿o sí?). Para algunos, indudablemente esto sí es aplicable, sobre todo cuando se trata de "mejorar" el volumen de su bolsillo. Está claro que un paisaje no puede ser cualquier cosa, sino que tiene que ser "percibido" como tal por la sociedad, porque pueden detectarse  en él los rasgos característicos que lo crearon, o están asociado, todavía hoy, a la vida tradicional. Las directrices mencionadas más arriba, recogen, efectivamente, que existen paisajes fósiles, o fijos, cuyo "proceso evolutivo concluyó en algún momento del pasado, pero sus rasgos característicos son todavía visibles materialmente"  y otros que están vivos "que conserva un papel social activo en la sociedad contemporánea asociado con el modo de vida tradicional, y cuyo proceso de evolución sigue activo". El concepto de paisaje lleva asociado algunos elementos como son lo tradicional, la percepción, o la emoción, que es lo que en muchos evoca, desde hace muchos años, la Vega Baja. 

El paisaje de las vegas se consideró valioso y digno de ser conservado, en su momento. Así se reconoció en las famosas instrucciones de Bellas Artes de 1965, cuando el Estado intervino para enderezar la senda de destrucción del patrimonio histórico que se había iniciado en la ciudad, como por otra parte ya había sucedido en otros tiempos. Las instrucciones de bellas artes regularon la aprobación de proyectos de obras en las zonas de la ciudad de Toledo afectadas por la declaración de Conjunto Histórico-Artístico, y dicha zona fue delimitada por las mismas, ya que no lo había hecho la declaración de 1940. Y entre otros aspectos, se consideró valioso y necesario "conservar el paisaje de la vega", baja conservándola "como parque natural o zona de explotación agrícola", que debía servir "de fondo y protección a la zona arqueológica del circo romano".  Más tarde esa protección se trasladó primero a la declaración de la ciudad de Toledo como Patrimonio de la Humanidad, y después al planeamiento urbano de 1986, que remitía en cuanto a esta zona, en referencia a las obras o actuaciones admisibles a las propias instrucciones de Bellas Artes, y por último, esa protección se completó con la incorporación al Plan Especial del Casco Histórico de unas zonas de protección o conos visuales, basados a su vez en las instrucciones de Bellas Artes, que protegieran el paisaje de la vista de la ciudad histórica allá en lo alto.

Visión de la Vega Baja desde el Casco Histórico. En rojo el espacio que ocupa el aparcamiento al lado de los bloques recientemente construidos. 

Es decir, no cabe duda de cuáles son los valores tradicionales, perceptivos y emocionales que se protegieron y que hay que proteger. Vega Baja ha sido, tradicionalmente, un paisaje de huertas y caminos que servían a éstas, o a la Fábrica de Armas, en una perfecta simbiosis con el casco histórico y las ruinas arqueológicas que en aquellos momentos en que se decidió protegerla, se consideraban más valiosas y eran visibles, las ruinas del circo romano. Con posterioridad se añadió la necesidad de proteger la percepción visual desde las vegas del Casco Histórico, que es algo excepcional y que hasta solo unos años podía verse igual que lo hubieran visto nuestros antepasados del siglo XVI.

Sin duda los proyectos urbanísticos planificados sobre la zona, los bocados que poco a poco se la van pegando, y el abandono ha hecho que sea difícil imaginar ahora mismo la Vega como una zona de huertas, o reconocerla valor en este sentido. Ese abandono, y ese estado actual, contribuye, y ellos lo saben, a los intereses de seguir comiéndose este espacio y entregarlo finalmente al asfalto y ladrillo en su totalidad, por eso no hacen nada por remediarlo, si acaso contribuir a su deterioro. Un aparcamiento, evidentemente, no supone una barrera que impide la visualización de la ciudad histórica, pero, indudablemente, distorsiona y degrada esta imagen, y además, elimina totalmente el medio natural o la vega o huerta tradicional que eran los valores primeros por los cuales dicho espacio fue protegido, y, en el caso de estacionamientos realizados mediante asfaltado y/o adoquinado.

El reciente informe de ICOMOS sobre Vega Baja, habla en varios apartados de este aparcamiento, como sigue: "Por desgracia, el diseño de este espacio no ha tenido en cuenta el impacto visual sobre el entorno, caracterizado por una serie de caminos y sendas históricos que comunicaban todos los sectores de Vega Baja y que tenían por finalidad conectar un espacio de explotación agrícola directamente ligado a la ciudad". 

Queda claro que en el espacio de la Vega Baja no tienen cabida ningún tipo de edificación ya que atenta contra el paisaje natural de la propia vega, y contra las visuales del casco histórico, pero de la misma manera, un macro-aparcamiento, aunque no bloquee la visión del casco histórico, es un atentado contra el paisaje al tener un importante impacto visual en el entorno. Estamos a tiempo de reconducir esta situación.  Los paisajes tradicionales y/o emocionales  son fuentes de calidad de vida y otros valores que contribuyen al bienestar social. Puesto que cada vez están más arrinconados, no nos podemos permitir el lujo de destruirlos o deteriorarlos más, con parques temáticos, ladrillo y asfalto, o mares de vehículos estacionados, porque por muy representativos que sean de nuestro modo de vida actual, sólo contribuyen a empobrecer nuestros entornos, y, aunque en el futuro alguien pueda considerar esto, un paisaje cultural, que lo dudo, lo sería, seguro, en una sociedad mucho más pobre desde el punto de vista emocional.

2.- ¿Es necesario y/o cumple con los objetivos de movilidad urbana sostenible?

Está claro que los ciudadanos tienen que poder aparcar sus vehículos. Sin embargo, se sabe que el incremento en el uso del automóvil tiene efectos negativos sobre el medio ambiente, y por lo tanto, se hace necesario establecer medidas alternativas para disuadir del uso del vehículo particular. En junio de 2012 la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo aprobó el Plan de Movilidad Urbana Sostenible (PMUS), en línea con los compromisos adquiridos con la Unión Europea, y la Estrategia Española de Movilidad Sostenible. En esta última se recoge, por ejemplo, entre uno de sus objetivos, "vincular la urbanización y los equipamientos al momento del desplazamiento en transporte público, a pie y en bicicleta. Con este plan, el Ayuntamiento de Toledo incluyó la sostenibilidad en las políticas públicas municipales relacionadas con la movilidad, es decir, pretendía contribuir a mejorar el medio ambiente urbano y al ahorro energético, minimizando los desplazamientos y fomentando los medios de transporte con menor coste ambiental. En el PMUS de Toledo podemos leer que  "la política de aparcamiento se ha consolidado como un instrumento clave para influir en la elección del modo de transporte, de manera que el coste y la accesibilidad del aparcamiento se ha convertido en un importante condicionante en la utilización del vehículo privado.  Consecuentemente, la política de aparcamiento repercute por la interacción y conflicto en el resto de componentes que forman la movilidad y otras muchas dimensiones fundamentales de la vida urbana como la vitalidad residencial de los barrios, el dinamismo comercial, la calidad ambiental, la disponibilidad de espacio público, etc. " (p. 95).

Es decir, el Plan de Movilidad Urbana Sostenible buscaba formas de hacer esa movilidad sostenible, minimizando los desplazamientos con los vehículos particulares, entre otras medidas, reconociendo el efecto de la gestión de los aparcamientos, que afecta a todos los demás elementos de la movilidad. Cuando se redactó dicho plan no se tuvieron en cuenta estos aparcamientos no regulados. Es decir, no existe planificación alguna sobre dichos aparcamientos y el efecto de su consolidación en la movilidad "sostenible", que quería implantar en la ciudad.  La creación de "macro-aparcamientos", como el que nos ocupa, va en contra de lo que recoge el plan mencionado, ya que las expectativas de encontrar aparcamiento gratuito, claramente incentiva el uso del vehículo privado, y a determinadas horas, supone un aumento importante del flujo de vehículos concentrado en un espacio pequeño, convirtiendo en papel mojado lo planificado y aprobado.

Cualquiera puede hacerse la pregunta de ¿para qué gasta el Ayuntamiento de Toledo dinero público, en hacer planes, que luego no va a seguir? La movilidad sostenible es una obligación derivada de Europa, y desarrollada en estrategias que afectan a toda España, y por lo tanto una obligación para los municipios.  En ausencia de un plan que estudie en profundidad la necesidad de aparcamiento en esta zona de la ciudad, de qué manera se incentiva con ellos el uso de vehículo privado, qué posibilidades de aparcamiento existen en otras áreas, claramente estamos actuando en contra de las políticas públicas europeas y españolas. Los gobernantes deberían ser congruentes con los planes que encargan, y tratar de cumplirlos, que para eso se hacen con dinero público, y en consonancia con ellos buscar medios alternativos que reduzcan el uso de vehículos privados. Consolidar un macro-aparcamiento que claramente atrae flujos importantes de vehículos a un espacio pequeño, en una franja horaria concreta,  contribuye poco a mejorar la movilidad, y por el contrario incentiva el uso del vehículo privado, echando totalmente por tierra la idea de la sostenibilidad. En consecuencia estos aparcamientos no regulados nunca deberían haber existido, y en última instancia debería buscarse su reducción,  o eliminarse, en lugar de incrementarlos irracionalmente.

3. ¿Es razonable situar un macro-aparcamiento sobre restos arqueológicos?

Cuando se aparcaba sobre las ruinas del Circo Romano, desde el Ayuntamiento de Toledo se realizó un proyecto de "Acondicionamiento del entorno y puesta en valor del Circo Romano de Toledo", en el que se decía que "Actualmente el espacio central del circo lo ocupan más de 300 vehículos de una forma arbitraria dañando el monumento y suponiendo la degradación completa del espacio, por lo que resulta fundamental controlar este aparcamiento suprimiéndolo en su estado actual". Aunque el aparcamiento, sobre tierra, se desplazó unos metros más allá, encima del BIC, adoquinando el terreno, y sin comprobar previamente el contenido del subsuelo, existe un reconocimiento explícito por parte de la administración de que no está bien que existan aparcamientos sobre restos arqueológicos.

Como todo el mundo sabe, en 2018 el Ayuntamiento de Toledo aprobó, y la Junta de Comunidades ratificó,  la Modificación Puntual 28 del PGMOU 1986, que es el instrumento urbanístico que permite  construir el aparcamiento de que tratamos en este artículo, el cuartel de la Guardia Civil, o cualquier otra uso terciario o dotacional,  sobre restos arqueológicos valiosos, y 1.698 viviendas sobre los BIC declarados Zona Arqueológica. En relación a las viviendas planificadas sobre los BIC, la regidora municipal ha declarado en varias ocasiones que nunca serán 1.300, aunque no se puede entender por qué se aprueban esas edificaciones si no se van a construir luego, aunque siempre se olvida de mencionar las 300 planificadas sobre el antiguo camping del Circo Romano, y las 98 en la zona del Cristo de la Vega. En relación con el cuartel de la Guardia Civil, y en este caso, del aparcamiento, las declaraciones recogen que su ejecución es fuera de la zona protegida BIC, y por lo tanto se le da un valor patrimonial menor, y, en todo caso, se dice que se cumplirá lo que se establece en la legislación patrimonial. Ya he dicho en otra parte la diferencia existente entre que un yacimiento sea BIC, y que no lo sea, y se le aplique la legislación patrimonial. Con esa legislación, lo que ahora es BIC estuvo a punto de ser destruido en 2006, antes de ser protegido con tal figura.

Ámbito de Protección Arqueológica A1- Reconquista- Vega Baja,
y la ubicación del aparcamiento de Santa Teresa
El aparcamiento de Santa Teresa se encuentra en lo que en la Modificación Puntual 28 se denomina "Unidad de Ampliación de Santa Teresa" (con el POM 2007 se llamaba Unidad de Actuación 7, y anteriormente Vega Baja II). Este espacio, a pesar de encontrarse a unos metros de la zona declarada Bien de Interés Cultural (milímetros si tenemos en cuenta que lo único que los separa es una línea trazada en un papel), no está protegida con ese nivel de protección que es el máximo existente. Se encuentra, sin embargo, dentro del ámbito de protección A1- Reconquista-Vega Baja. Eso significa que según la normativa patrimonial, cualquier movimiento de tierra en ese espacio precisa un informe arqueológico. A esto es a lo que se refieren los responsables políticos cuando dicen que van a cumplir la legislación, igual que la pensaban cumplir en 2006. Es decir, existen distintas figuras de protección para un espacio que, geográficamente, es el mismo, una llanura de inundación, y arqueológicamente se ha demostrado que los restos del pasado se extienden por toda su superficie.  Sin embargo, el tratamiento administrativo en la tutela patrimonial es muy distinto para una zona protegida como BIC, que para una zona o yacimiento arqueológico que no se encuentre catalogado como tal, aun estando recogido en la Carta Arqueológica. Como decía más arriba, este espacio se encuentra recogido en la Carta Arqueológica del Municipio de Toledo como A-1, Reconquista-Vega Baja. Los Ámbitos de Protección son "las áreas delimitadas a partir de los datos en los cuales esté probada la existencia de elementos con valor patrimonial" (Art. 47.2.a. Ley del Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha), es decir, si está catalogado como tal es que se sabe que hay restos arqueológicos, sin ningún género de duda. La diferencia está en que cualquier construcción que se pretenda realizar en el BIC puede ser susceptible de afectarlo gravemente y, como se trata de una unidad, la tutela del patrimonio tenderá a preservarlo. Por el contrario, a un yacimiento arqueológico, o un ámbito de protección arqueológica, a secas, no se le da el valor que al BIC como unidad, y aunque precisa una intervención arqueológica, en función del valor que le den los arqueólogos que excaven, y finalmente los técnicos de patrimonio, una vez documentado, el yacimiento, o parte de él, podría ser desmontado, integrado en la obra, o parte de él, o quedar tapado en el subsuelo, que a efector prácticos es lo mismo que desaparecido.

Aparcamiento de Santa Teresa dentro del ámbito de protección A1-Reconquista-Vega Baja, y su relación con los BIC de 2008 y de 1992, con categoría de Zona Arqueológica

En mi opinión, basada en las intervenciones arqueológicas realizadas hasta ahora, el que la zona del aparcamiento de Santa Teresa esté fuera de la zona BIC, es sólo un accidente, o una falta de "valentía", por parte de la administración tutelar, que en su momento se ciñó, en cuanto a la declaración BIC incoada a partir del año 2006, a la línea que marcaba un proyecto urbanístico. Es imposible que esta línea contenga exactamente el yacimiento arqueológico (o es mayor o es menor), y todas las evidencias apuntan hacia lo contrario, que el yacimiento se extiende por toda la llanura. Así lo mostraron las distintas excavaciones arqueológicas modernas que a lo largo de los años han tenido lugar en el entorno inmediato, como en son la del Paseo de la Basílica, en la construcción de la Consejería de Obras Públicas, en el Aulario de la Universidad, en San Pedro el Verde,  en el colegio público Santa Teresa en la Avenida Carlos III, en la ejecución del nudo norte, en obras en viviendas en la Avenida Coronel Baeza, en el antiguo camping del circo romano, etc. Recientemente, en las obras de urbanización de la UA 34, en el vial que conecta la Avenida de América con la Avenida Carlos III, también han aparecido restos arqueológicos importantes. Sin contar con los hallazgos más antiguos, toda esa información, claramente indica que se trata de un yacimiento mucho más extenso de lo que se representa por las líneas del BIC. Como curiosidad, si uno se fija, entre el antiguo BIC de Vega Baja, y el actual, aprobado en 2008, existe un vacío "absurdo" que se corresponde con el Camping del Circo Romano, donde existió un PAU para la construcción de 300 viviendas de lujo (viviendas recuperadas en la MP 28).

En marrón y gris claro los espacios actualmente protegidos como BIC. En rojo el aparcamiento proyectado. Como se puede ver, el antiguo camping del Circo Romano es un vacío absurdo entre los dos grandes espacios declarados BIC con categoría de Zona Arqueológica, que es difícilmente comprensible. Se aprecia como en la zona del camping el BIC realiza una serie de entrantes y salientes incomprensibles en términos arqueológicos. De igual manera se observa cómo el BIC de ampliación de Vega Baja, al nordeste del cual se planifica el aparcamiento, es una línea marcada a escuadra y cartabón que se trazó siguiendo los límites del proyecto urbanístico, y no en función de los indicios arqueológicos.  

Es totalmente razonable, por las evidencias enunciadas más arriba y por cómo se distribuían los restos arqueológicos en las zonas excavadas de Vega Baja I, que los restos arqueológicos se extiendan por la parcela en la que se quiere ampliar el aparcamiento de Santa Teresa. Es más, en todo caso, existen dudas razonables para que la administración tutelar que es la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, en todos los años que no se ha hecho nada en la zona, hubiera obligado a los propietarios, o realizado de oficio, las prospecciones y comprobaciones necesarias para conocer la realidad del subsuelo. El artículo 43, de la Ley de Patrimonio Histórico Español, dice que "la Administración competente podrá ordenar la ejecución de excavaciones o prospecciones arqueológicas en cualquier terreno público o privado del territorio español, en el que se presuma la existencia de yacimientos o restos arqueológicos, paleontológicos o de componentes geológicos con ellos relacionados".

En todo caso, como veremos más abajo, en 2008-2009 ya se conocía la existencia de importantes restos arqueológicos en esta parcela. Es más, en el informe arqueológico que vamos a mencionar, los arqueólogos advierten de que los trabajos de nivelación del terreno llevados a cabo para facilitar el aparcamiento de vehículos en la zona, habían afectado a los estratos arqueológicos, destruyendo la parte superior de la secuencia. Esto, junto a la evidencian que muestran en dicho informe, y el resto de evidencias, debería haber sido suficiente para que la administración tutelar hubiera actuado de oficio, haber ampliado el BIC, y haber prohibido directamente el aparcamiento de vehículos sobre esa zona.

En el año 2008, la empresa Toletum Visigodo pretendía desarrollar urbanísticamente los terrenos que se encontraban fuera de la zona declarada BIC,  en concreto las Unidades de Actuación 7 y 37, que habían sido calificados como dotacionales y terciarios por el POM 2007. El gerente entonces, Diego Peris, fue entrevistado en junio de 2008 para la Tribuna de Toledo. A la pregunta de si ¿el yacimiento está protegido en su totalidad por el perímetro actual del BIC?, respondió que "Creo que todos podemos convenir que el yacimiento tiene en la actualidad una delimitación artificial que proviene de una situación jurídica del desarrollo urbanístico que se iba a plantear allí". Consciente de que era muy probable que los restos arqueológicos se extendieran más allá de la Avenida Mas del Ribero y Carlos III, a las parcelas que pretendían urbanizar, no quiso dar un salto al vacío como se había dado años antes vendiendo con los ojos vendados los terrenos llenos de restos arqueológicos del proyecto urbanístico Vega Baja a promotores de viviendas, y encargó una prospección geofísica que mostró la presencia de restos por todas las zonas por donde pasó el radar. Para tener aún más certeza, en el año 2009, encargó a los arqueólogos Juan Manuel Rojas y Antonio J. Gómez Laguna, la realización de unos sondeos de verificación para asegurar que las imágenes proporcionadas por el radar coincidían con restos arqueológicos reales.

Mapa del proyecto adecuación de parcela para uso como aparcamiento en el barrio de Santa Teresa de Toledo, Fase II

Como hemos visto más arriba, ya en el mes de octubre de 2018 empezó a realizarse la primera fase del aparcamiento de Santa Teresa. Es la zona ubicada más al norte en el plano anterior, dibujada en gris claro, que se ejecutó elevada sobre el terreno mediante una capa de zahorra, y terminada con adoquines. Al oeste, se cubrió una parcela de tamaño similar con una capa de 20 cm de zahorra.  En su momento generó polémica, por situarse encima de restos arqueológicos, y por la cuestión de colocar árboles o no que podrían dañar los mismos. El argumento de la administración fue el mismo que se utiliza hoy en día para justificar la construcción del cuartel de la Guardia Civil, que ese espacio estaba fuera del área BIC, y/o que los restos no eran importantes (no debieron leer el informe de los sondeos de 2009), o que se va a proteger el patrimonio. Milagros Tolón, en el día de la inauguración de esta primera fase, el 15 de febrero,  volvió a recordarnos, por si alguno teníamos dudas,  que esta actuación "respeta el patrimonio arqueológico y medioambiental". Finalmente se elevó el terreno, ¿lo suficiente? para que las raíces de los árboles plantados no llegaran a dañar los restos arqueológicos. Se trataba de una situación, cuando menos llamativa que, a sólo unos metros se hubiera permitido levantar dos bloques de pisos por el organismo competente en protección del patrimonio, mientras que aquí no se podían plantar árboles. Ahora se pretende ejecutar la segunda fase del aparcamiento, que consiste en colocar adoquín en la zona que en la fase anterior se había puesto zahorra, y el resto del espacio, salvo una pequeña cuña al oeste, que limita con la rotonda, se cubrirá de una capa de zahorra de 20 cm. 

En el proyecto de adecuación del aparcamiento se contempla el control y seguimiento arqueológico. Se explica que no se producirán movimientos de tierra ni excavaciones, con lo cual, los restos arqueológicos, posibles, del subsuelo no se verían afectados. Como medida de protección, además, se plantea la elevación de la rasante actual (mediante el extendido y compactado de una capa de 20 cm de zahorra artificial), sin realizar ningún tipo de desmonte (p. 11). Siguiendo el proyecto encontramos lo que en mi opinión es una incongruencia importante. Tiene que ver con la "protección" de una zona concreta de este espacio, sin que se explique de dónde se ha sacado el argumento para justificar la protección específica de esa área, y no el resto.  El apartado 3.12. "Protección Arqueológica" dice que "En la zona Oeste de la parcela, se procede a la protección arqueológica de la misma, mediante las siguientes actuaciones: Colocación, en todo el perímetro de la zona de protección, de talanquera de material rústico, con forma de cruz con dos travesaños horizontales y una altura de un metro"; Extendido de lámina geotextil; Extendido de una capa de 15 cm de espesor de grava 10/20 mm" (p. 16). En el Anexo II, Trazado geométrico, en el punto 2.1, "trazado en planta" se dice que "Como se ha comentado anteriormente, el trazado en planta del nuevo aparcamiento proyectado se localiza en la parcela con referencia catastral 19350A0VK1113F0001BH, con la salvedad de no afectar a la zona triangular cercana a la glorieta existente, que presenta un alto grado de protección arqueológica" (p. 3) [la negrita es mía].

Como podemos ver en la imagen de más arriba, prácticamente toda la parcela se verá afectada por el aparcamiento, excepto una pequeña cuña al oeste que según el proyecto "presenta un alto grado de protección arqueológica". Y esta afirmación es sorprendente, puesto que dicha zona señalada como de "alto grado de protección", se encuentra, al igual que el resto de la parcela, fuera de la zona BIC. Es decir, en base a lo que se sabe de la zona, no existe ninguna diferencia entre esta cuña y el resto de la parcela. Si nos remontamos a la prospección geofísica del año 2008,  y los sondeos realizados en el año 2009, podemos ver que, justo esa esquina se prospectó con georradar, pero es que también se realizó la prospección, como vemos en la imagen de más abajo, en la zona este (no se realizó en el resto del espacio porque se encontraba lleno de vehículos que impedían el paso del radar y distorsionaban la señal).

Interpretación de la prospección geofísica. Como se puede ver el radar se pasó justo por la esquina oeste que se señala en el proyecto como de "alto grado de protección arqueológica", no sabemos en base a qué, pero es que el radar también se pasó por la zona este, donde también se mostraban restos. En el resto de la parcela no pudo hacerse la prospección por la presencia de vehículos. 

Posterior a la prospección geofísica realizada en 2008, en 2009, Juan Manuel Rojas y Antonio J. Gómez Laguna, realizaron una serie de sondeos de verificación para comprobar la exactitud del georradar. La zona marcada en este proyecto como de "alto grado de protección arqueológica" coincide con la zona denominada B por los arqueólogos, y la zona al este, es la Zona A, de los sondeos. En el informe arqueológico se dice, tanto para la zona A, como para la zona B, que donde la prospección geofísica mostraba la probable existencia de edificios, fue constatada por la realización de los sondeos. En la zona A, se constata la existencia de muros de grandes dimensiones y recintos de cierta importancia que formaban parte de un edificio de cierto porte, situados en una fase cultural visigoda entre los siglos VI y VIII d.C. En la zona B se localizó un edificio complejo con múltiples recintos. Es un sistema similar al empleado en los edificios que integran el yacimiento. Lo que están diciendo los arqueólogos, que también participaron en  excavar parte del yacimiento actualmente protegido como BIC, y por lo tanto saben de lo que hablan,  que en esta parcela (también se constató en el resto de zonas, todas ellas fuera del BIC), se constata la existencia de grandes muros de edificios, iguales, a los que existen en el yacimiento, es decir, que estamos ante el mismo yacimiento arqueológico y por lo tanto, la administración, ya hace años que debería haber actuado y ampliado los BIC existentes para proteger mejor los espacios existentes fuera de ellos. 

Proyecto de la Fase II del aparcamiento de Santa Teresa, y sobre él las zonas de sondeos de verificación A y B, mostrando restos de edificios construidos de igual manera que los existentes unos metros más allá, en la zona declarada BIC, quedando demostrado que se trata del mismo yacimiento arqueológico
En todo caso, en términos arqueológicos la zona A y la zona B debían haber sido tratadas de igual forma en el proyecto de adecuación del aparcamiento. Es incomprensible que se diga que la zona B presenta "un alto grado de protección arqueológica", y no se diga lo mismo de la zona A.

En todo caso, y como veremos más adelante, estas dos zonas sólo son una pequeña parte del yacimiento total. Es decir, que no exista información sobre el resto de la explanada es debido, como veremos más abajo, a que no pudo prospectarse el espacio por estar ocupado por vehículos. Está claro, por cómo se distribuyen los edificios detectados, que estos se prolongan por el resto de la explanada. Y esto, nos lleva directamente al cuarto y último punto.

y 4. Efecto de los aparcamientos sobre las posibilidades de conocimiento de la realidad arqueológica del subsuelo

Puesto que los responsables políticos siempre hablan, cuando quieren construir sobre o en zonas de en la que es posible que existan,  o se sabe que existen restos arqueológicos, de "respeto", o "sensibilidad" hacia la protección del patrimonio, y de cumplimiento de la ley, en este apartado pretendo poner de relieve los problemas que supone la existencia, y consolidación de este tipo de aparcamientos sobre un yacimiento arqueológico, y su relación con la redacción de ese famoso "Plan Especial"  y del nuevo POM, que se pretende que realicen arquitectos famosos. Como he escrito en otra parte, existe una gran diferencia entre lo que es un Plan Especial de Protección, que "exige" la legislación patrimonial para todos los Bienes de Interés Cultural con categoría de Zona Arqueológica, y un Plan Especial, según exige la legislación urbanística, para poder desarrollar y construir sobre ese suelo. De hecho, desde el año 2001, sobre la Vega Baja, ya han existido múltiples planes especiales, todos ellos para desarrollar urbanísticamente la zona, en algunos casos con unos índices de edificabilidad, que suponían, y suponen actualmente, porque la edificabilidad aprobada recientemente es la misma,  la "desaparición" total de los restos arqueológicos existentes, o que fueran apareciendo.

Está claro que si se habla de "respetar el patrimonio arqueológico", es porque ahí, hay restos arqueológicos que como hemos visto son los mismos o forman parte del mismo yacimiento, según el conocimiento que actualmente tenemos sobre el subsuelo, que los restos arqueológicos que se encuentra tan sólo unos metros más allá en la zona declarada BIC. Este no es el primer estacionamiento sobre restos arqueológicos. Todavía nos acordamos cuando encima del circo romano aparcaban a diario cientos de coches, o sin ir más lejos, el aparcamiento existente entre la avenida Coronel Baeza y la calle Maestros Espaderos, o el más reciente construido en San Pedro el Verde. Todos tienen en común que se encuentran ubicados sobre restos arqueológicos excepcionales. 

La situación actual  en relación a la edificación de la zona es la mismo que ocurría en los años 2005-2006, cuando se quería construir en Vega Baja I, y empezaron a aparecer restos arqueológicos. Entonces, aquel espacio no estaba declarado BIC, y se regía en cuanto a intervenciones arqueológicas a lo establecido en la legislación patrimonial de entonces. Se pretendía cumplir la ley, y proteger el patrimonio, pero haciendo eso, o a pesar de la legislación existente, el yacimiento estuvo a punto de desaparecer. Y esto fue así porque la Empresa Municipal Vega Baja vendió las parcelas cuando ya tenía conocimiento de que allí existían restos arqueológicos importantes. Ricardo Izquierdo Benito, arqueólogo que trabaja con la edad media, ha declarado en alguna ocasión que lo que se vendió a aquellos promotores no fueron unas parcelas edificables, sino un yacimiento arqueológico. Lo lógico es que debido a los indicios existentes ya en 2001, cuando se realizaron sondeos arqueológicos por toda la parcela y estos mostraron un yacimiento extenso que se extendía por todo el espacio en el que se pretendía implantar el proyecto urbanístico, la empresa, o la propia administración, dada la entidad de los restos que aparecían, hubiera realizado las excavaciones arqueológicas necesarias para cerciorarse de que lo que allí había era, o no, una ciudad visigoda completa, y no como sucedió, que se trasladó la obligación de excavar a los propietarios que adquirieron los terrenos. En ese contexto cada propietario, que había pagado su parcela, contrató su propia empresa arqueológica. Cada empresa o arqueólogo trabajaba de forma individual, sin conexión con los demás. El inicio de la excavación arqueológica en cada una de las parcelas se produjo en momentos distintos. Es decir, había parcelas que se estaban excavando, y parcelas que no, y en todas ellas arqueólogos diferentes, emitiendo sus informes a ritmos y bajo el criterio de estar excavando un yacimiento diferente del que existía al lado. Si la evidencia no hubiera sido tan clara, en el sentido de que en todas las parcelas iba apareciendo lo mismo, y a pesar de ello, si no hubiera sido por la presión pública de los ciudadanos, las fundaciones, academias, la prensa y organizaciones internacionales de defensa del patrimonio, las parcelas se habrían excavado, los restos habrían sido eliminados, y las viviendas se hubieran construido. Hoy no habría nada de qué hablar sobre Vega Baja.  En todo caso, las decisiones que se tomaron, y la falta inicial de actuación de la administración, fue el producto de unas enormes presiones económicas que no tienen mucho sentido en el ámbito de la protección del patrimonio. Si después de la primera intervención arqueológica, en el año 2001 se hubieran realizado los estudios necesarios, antes de vender las parcelas, no se habría llegado a la situación catastrófica desde el punto de vista patrimonial y empresarial, a la que se llegó.

Tirar para adelante con los ojos cerrados en relación al proyecto urbanístico Vega Baja I, ocasionó problemas muy graves, que estamos pagando, incluso, hoy en día, cuando fácilmente se podría haberse evitado todo eso realizando antes de vender los terrenos un estudio profundo del subsuelo, y tomando decisiones de forma sosegada con esa información. Hoy, hasta ahora, no existen esas enormes presiones económicas, por lo que puede actuarse de otra manera. De igual forma, la realización de un Plan Especial de Protección precisa para su redacción saber qué se va a proteger, Es decir, es necesario tener un conocimiento lo más profundo posible de la arqueología de la zona. Pero, ¿qué sucede si este conocimiento no existe? Pues que siempre puede defenderse que lo que hay en el subsuelo no tiene valor o importancia, es decir, el desconocimiento juega a favor de la toma de decisiones en contra del patrimonio, como sucedió en 2005-2006,  independientemente de que luego se caiga en el desastre. Si se ha aprobado una Modificación Puntual 28 que ha puesto a disposición de los promotores todo el espacio de Vega Baja, y que para su desarrollo final precisa la aprobación de un plan o planes especiales de desarrollo, está claro que la intención es "tirar para adelante como sea". Como hemos sabido la corporación municipal quiere que el  Plan Especial lo realice un famoso arquitecto, tal vez intentando descansar el éxito del mismo en un argumento de autoridad, en este caso arquitectónica, en lugar de en la racionalidad científica. Dicho plan, como sabemos, se va a desarrollar sobre un suelo con un alto valor patrimonial, por lo que lo más lógico sería que en la redacción del mismo participaran, de forma destacada, técnicos relacionados con los ámbitos a proteger, es decir, el paisaje, el medio ambiente, y el patrimonio arqueológico.

Para tener ese conocimiento del terreno, que sería necesario para evitar choques futuros entre patrimonio y urbanismo, o para redactar el plan especial de protección, es necesario tener acceso al subsuelo. Cuando se realizaron las prospecciones geofísicas en el año 2008, uno de los problemas con los que se encontró la empresa que realizaba estos trabajos fue con la existencia de vehículos aparcados. El radar no pudo utilizarse en las zonas asfaltadas, y en algunas de las zonas que no lo estaban, fue imposible prospectarlas por completo, debido a la presencia de los automóviles, además de por las interferencias eléctricas que provocaban y que distorsionaban las imágenes obtenidas. Como consecuencia, gran parte del espacio quedó sin prospectar. 

Prospección geofísica en la parcela de la UA 37. Como se ve, en más de la mitad de la misma no pudieron realizarse los trabajos, por estar asfaltada o haber coches en la zona que impidieron el acceso del radar o distorsionaban la señal. Otro "paisaje de aparcamiento toledano"

Esto mismo sucedió, como hemos visto,  cuando el georradar se dirigió a la parcela UA 7 (la del aparcamiento que ahora nos ocupa). Los vehículos aparcados impidieron que pudiera prospectarse el terreno completo. En relación a la parcela donde ahora se quiere ampliar el aparcamiento de Santa Teresa, mediante la segunda fase, sólo pudo realizarse la prospección en dos pequeñas áreas. Ahora bien, los resultados, a pesar de lo reducido del espacio prospectado, fueron concluyentes: los restos arqueológicos, de la misma tipología o características de los que aparecían en el yacimiento declarado BIC, se extendían por todo el espacio prospectado. 

Zonas de la parcela del aparcamiento donde pudo realizare la prospección y los sondeos arqueolólgicos. En el resto de la parcela, la existencia de vehículos lo impidió. 

Durante la primera fase de la adecuación del aparcamiento se cubrió una zona con adoquín, y otra, de similar tamaño, al oeste de esta, con una capa de zahorra de 20 cm. En la actuación que se pretende llevar a cabo ahora, se cubrirá esa zona de zahorra con adoquín, y el resto de la parcela, a excepción de una cuña existente cerca de la glorieta, se cubrirá con una capa de zahorra de 20 cm. Está claro que la consolidación de los aparcamientos con materiales como el adoquín, y la capa de 20 cm de zahorra, hará imposible la realización de una prospección geofísica que permita conocer mejor lo que hay en el subsuelo. 

En el proyecto de acondicionamiento se habla de la contratación de un seguimiento arqueológico. También se dice que no habrá movimientos de tierra o excavaciones. Si se realizaran, se afectaría al subsuelo, y por lo tanto al yacimiento arqueológico. Si no van a haberse esos movimientos o excavaciones, carece, en cierta manera, de sentido que se controle algo que no se va a producir, pero admitamos que toda medida preventiva es buena. Por el contrario, lo que sí va a suceder, porque no hay presupuestada ninguna partida para realizar una prospección del terreno, es que se va a "sellar" el yacimiento arqueológico, de forma que será imposible a partir de ese momento, poder utilizar georradares para conocer la realidad arqueológica del subsuelo, y por lo tanto será imposible planificar algo en base a un conocimiento profundo y real del contenido del subsuelo, en ese famoso "Plan Especial", que tenga que ver con la protección. 

Conclusiones

El aparcamiento existente en Santa Teresa, atenta gravemente contra las protecciones paisajísticas existentes en la zona, incumple o contradice el Plan de Movilidad Urbana Sostenible aprobado por la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Toledo, se desarrolla sobre restos arqueológicos que son los mismos, o forman parte del mismo yacimiento, que los que unos metros más allá están declarados BIC, y por último sellan el yacimiento arqueológico, de forma que será imposible en el futuro conocer la realidad arqueológica del subsuelo, por lo que los responsables políticos o quienes tengan intereses económicos en la zona, siempre podrán decir que allí no hay restos valiosos. En consecuencia, no sólo no debería consolidarse dicho aparcamiento, sino que debería eliminarse poco a poco. 

El conocimiento del subsuelo, o la falta de él, inciden directamente en las decisiones futuras que se puedan tomar sobre todo el espacio de Vega Baja, por lo que, en última instancia, antes de consolidar dicho espacio, debería conocerse la realidad del subsuelo, con el fin de que pueda tenerse una visión lo más real posible de qué es lo que hay bajo el mismo. Si no se puede conocer exactamente qué hay allí, la administración tutelar tampoco tendrá argumentos para ampliar los BIC existentes. De ahí la importancia de que ni este proyecto, ni cualquier  otro,  se lleve a cabo, por lo menos, hasta que se haga una prospección geofísica con la tecnología actual, y los sondeos necesarios para conocer la realidad del subsuelo. La Consejería competente en la tutela del patrimonio debería actuar de oficio y ordenar dichos trabajos, porque si no lo hace, siempre estará en cuestión. 

DE NUEVO EL LADRILLO AMENAZA A LA CAPITAL VISIGODA

Isabelo Sánchez Gómez
Licenciado en Geografía e Historia
Máster en Patrimonio Histórico: Investigación y Gestión

Inmediatamente que el monstruo de la crisis económica parece que ha empezado a alejarse, la ciudad de Toledo vuelve a caer en los mismos errores de la burbuja del ladrillo que tanto dolor nos ha causado. A pesar de tener un POM 2007 anulado por la justicia, la administración municipal ha vuelto a recuperar el contenido de dicho Plan, a través de una modificación puntual del Plan General Municipal de Ordenación Urbana de 1986 (PGMOU 1986). En esencia, y en concreto para el espacio de Vega Baja (UA 23 en el antiguo POM anulado, o Vega Baja I), que es coincidente cien por cien con el espacio declarado ampliación del Bien de Interés Cultural, con categoría de Zona Arqueológica, de Vega Baja,  supone la recuperación en la planificación urbanística, de nuevo, de las 1.300 viviendas que ya existían entonces; y, en la zona que ahora se denomina “Unidad de Actuación de Santa Teresa” (UA 7 y UA 37 en el antiguo POM anulado, o Vega Baja II),  con una superficie de 155.563 m2, se rescatan los usos terciarios-dotacionales previstos, es decir, aparcamientos, centros comerciales, hoteles, o cuarteles de la Guardia Civil. Todo ello sin contar con las Unidades de Actuación Urbanizadoras de Circo Romano, con 300 viviendas, y Cristo de la Vega, con 98, también recuperadas con esta modificación, que en total suman 1.698 viviendas. El anuncio más reciente de que se pretende ubicar en el espacio de la UA de Santa Teresa un cuartel de la Guardia Civil,  ha vuelto a hacer saltar las alarmas, porque la ubicación elegida, aun estando fuera de la zona declarada BIC, claramente se sitúa encima de restos arqueológicos que, además de aparentemente ser importantes, indudablemente pertenecen, o son, el mismo yacimiento que se encuentra unos metros más allá, y para el que incomprensiblemente se fijaron unos límites totalmente ficticios. Es decir, la capital del reino visigodo, se encuentra en el lugar oficialmente protegido, pero también donde se pretende ubicar el cuartel de la benemérita, por mucho que se quiera decir que ese espacio está fuera del yacimiento.

Ilustración 1. Excavaciones en Vega Baja 2008, donde se aprecia la potencia de los restos que iban apareciendo. Página del Ministerio de Fomento

Han pasado 13 años y parece que hemos despertado de un sueño, en el preciso momento que la incertidumbre todavía se cernía sobre el yacimiento arqueológico de Vega Baja. Ciudadanos, organizaciones, e instituciones nacionales e internacionales, se unieron, tal vez por última vez, en uno de los pocos momentos lúcidos de la sociedad toledana, generalmente amodorrada y complaciente con las decisiones emanadas del poder, y consiguieron paralizar el proyecto urbanístico que amenazaba la capital del reino visigodo.

El asunto había saltado a los medios de comunicación nacionales, a los internacionales, y a la política nacional. En el congreso, una proposición no de ley,  pedía la intervención del Ministerio de Cultura para impedir la aprobación definitiva del POM, el envío del documento a la UNESCO, promover una mesa de trabajo en la que participaran todas las organizaciones y administraciones más representativas toledanas, con el fin de elaborar un plan integral y completo de toda la zona de Vega Baja, Cristo de la Vega y Circo Romano, y anteponer la defensa del patrimonio a los intereses y presiones inmobiliarias. Los medios de comunicación nacionales entraron en liza. A principios del mes de julio se publicaba en el País un artículo titulado “El ladrillo amenaza la capital visigoda”,  que sintetizaba la situación del choque entre urbanismo y patrimonio, en la que el segundo, a pesar de ser de dominio público, es decir de todos, como es habitual, llevaba todas las de perder ante los intereses económicos de unos pocos. Unos días después, el presidente Barrera, paralizó el proyecto, entre una gran controversia.

Ilustración 2. Excavaciones en Vega Baja. Web Toletum Visigodo

Desde ese momento, las presiones económico-especulativas-urbanísticas, siguieron ejerciendo su función, y no dieron por perdida la presa, a pesar de la paralización del proyecto urbanístico por la administración regional (la misma que había aprobado antes las modificaciones puntuales del PGMOU que estaban permitiendo esa urbanización), y la declaración, dos años después del Bien de Interés Cultural de ampliación de Vega Baja, con la categoría de Zona Arqueológica.

Ilustración 3. Fotografía aérea de Vega Baja indicando las distintas Unidades de Actuación Urbanística. Es evidente que los restos arqueológicos no se cortan de forma súbita en las Avenidas Más del Ribero o Carlos III. Los espacios donde no aparecen restos es simplemente porque no se han excavado  (VV.AA. 2009: La Vega Baja de Toledo)

 Cualquiera con un mínimo de sentido común sabe que el Bien de Interés Cultural (el yacimiento de Vega Baja) no termina abruptamente en la línea que en un papel marcó en 2008 la administración regional para delimitar el área con restos arqueológicos, casualmente, o mejor dicho, tal vez interesadamente, coincidente al cien por cien, con el proyecto urbanístico de Vega Baja I de aquel entonces, aunque todo el mundo sabía ya que esos límites eran artificiales.

Las presiones urbanísticas que seguían existiendo, extendieron su radio de acción, ahora un poco más allá. Además de la Unidad de Actuación 23 (Vega Baja I), el POM 2007 contemplaba las Unidades de Actuación 7 y 37, o Vega Baja II, con un uso Terciario-Dotacional, es decir, hotelero, comercial, y otros equipamientos. La empresa Toletum Visigodo buscaba resarcirse del descalabro sufrido, empleándose, ahora, en Vega Baja II. Todos los esfuerzos se dirigieron hacia este espacio.
Ilustración 5 Mapa mostrando en colores las distintas unidades urbanístiicas

El urbanismo seguía su camino ciego hacia cumplir sus objetivos. El primer paso, en 2009, fue realizar una prospección geofísica, y la comprobación de los datosobtenidos con esta, por medio de sondeos arqueológicos, en el espacio que quedaba libre para construir, es decir Vea Baja II, o UA 7 y UA37 . El resultado de las prospecciones geofísicas y sondeos, como era lógico esperar, concluyó que los restos arqueológicos se extendían sin solución de continuidad desde el área declarada BIC, por todos los espacios, sin excepción, que afectaba a la llanura completa al nordeste de este, es decir, las unidades de actuación urbanísticas sobre las que se pretendía construir.

Ilustración 4. Placa circular de la excavación de Vega Baja. Sólo es un objeto de los miles recuperados en Vega Baja.  Web Toletum Visigodo

 Entretanto, e ignorando estos informes, el Ayuntamiento de Toledo redactó el PERIM (PlanEspecial de Reforma Interior de Mejora), que es un instrumento urbanístico queregula aspectos concretos, especiales o relevantes de un ámbitoterritorial),  de las UA 7 + UA 37, es decir,  se estaban dando los pasos para poner a disposición del ladrillo, el espacio que quedaba por urbanizar en Vega Baja, sin contar con el espacio del BIC declarado, y la UA 34 (lugar donde recientemente se han construido dos bloques de pisos), y por su parte Toletum Visigodo, Toletum redactó un Plan Director de Vega Baja.

 Lo que dijo en sus alegaciones de la Real Fundación Toledo en 2011, ante este PERIM es bastante esclarecedor de lo que estaba sucediendo. Resaltamos el primer párrafo de dicho documento por resumir en muy poco espacio la esencia de la situación: "El PERIM está basado en un error al considerar que la superficie a la que afecta no tiene nada que ver con el espacio histórico de la Vega Baja ni con el yacimiento arqueológico. En consecuencia, queda invalidado al prescindir en sus planteamientos, o considerar ajenos, los valores patrimoniales cuya protección y defensa es una obligación ineludible contemplada en las normas legales estatales, autonómicas y locales".

Ilustración 5. Mapa mostrando en colores las distintas unidades urbanísticas o espacios de Vega Baja y Ampliación de Santa Teresa. Aunque en la actualidad entre el BIC de Vega Baja y la parcela donde se quiere construir el Corte Inglés, la UA 37 existe la Avenida Mas del Ribereo, entre ambas no hay ninguna barrera física que, en la antiguedad dividiera los espacio. Por lo tanto, el yacimiento de Vega Baja, se extiende por toda la llanura

Por su parte, como decía,  simultáneamente al desarrollo del planeamiento para construir en el espacio “supuestamente libre de BIC y restos arqueológicos”, la empresa Toletum Visigodo, había redactado un Plan Director de Vega Baja. En aquellos momentos, de finales del primer decenio del siglo XXI, y principios del siguiente, se buscaba una salida al descalabro que había sufrido la empresa. En esencia, a pesar de los amplios espacios verdes que contemplaba,, se estaba bañando con una pátina de cultura y respeto al medio ambiente el desarrollo urbanístico de las UA 7 y 34, o Vega Baja II. Inmediatamente, el Pleno del Ayuntamiento de Toledo aprobó ese Plan Director, que incluía, además, la obra estrella, la instalación en dicho espacio de “El Corte inglés”.

Para entonces, todo el mundo estaba ya harto de Vega Baja. La ciudadanía confundida, las organizaciones e instituciones desgastadas. En parte se estaba consiguiendo el objetivo para poder construir sobre el espacio de Vega Baja. Es triste reconocerlo, pero, mientras que Vega Baja I lo paralizó una conjunción de iniciativas y acciones de muchos, Vega Baja II, y el Corte Inglés, no lo paralizó nadie nada más que la crisis económica. Esta situación dio la puntilla a la empresa Toletum Visigodo, que desde ese momento iniciaría su proceso de desaparición, aunque, al parecer, aunque sin personal ni sede, administrativamente sigue existiendo a día de hoy.

Excavación en Vega Baja. Al fondo la Avenida Mas del Ribero, y más allá la parcela de la UA 37 donde se quiere construir el Cuartel de la Guardia Civil. La continuidad es evidente entre uno y otro espacio. Imagen de la página del Ministerio de Fomento

La historia que sigue todo el mundo la conoce. La construcción allí, en esos momentos resultaba imposible, porque nadie compraba, y todo el espacio, tanto del BIC, como del resto de la Vega, quedó abandonado. Desde entonces hasta ahora se ha perdido un tiempo valiosísimo para tomar decisiones sobre Vega Baja, para hacer el Plan Especial que requería, obligatoriamente, la declaración de Bien de Interés Cultural, o para decidir qué hacer y qué no hacer. Cuando todo podía estar planificado, y pensado, desde el punto de vista cultural, con un buen plan para poner en valor el espacio de Vega Baja, y desde el punto de vista urbanístico con un nuevo Plan de Ordenación Urbana más realista, y razonable que el anterior; que no “queme suelo por quemarlo”, respetuoso con el patrimonio, y el medio ambiente, y por lo tanto, con la calidad de vida de los ciudadanos; sin embargo, la desidia, tal vez intencionada, ha llevado a que no existan tales planificaciones, y a que en la actualidad, con una leve recuperación económica, los políticos hayan decidido reiniciar, donde la dejaron antes, la burbuja inmobiliaria, lanzándose a hacer “cualquier cosa” sobre la vega, como si les fuera la vida en ello. De esta forma, durante la última legislatura ya se ha urbanizado y se está construyendo la Unidad de Actuación 34 (4 bloques de pisos, probablemente también sobre la capital visigoda), y se han recuperado, y puesto a disposición del ladrillo, todos y cada uno de los suelos que ya estaban dispuestos en el POM 2007, anulado por la justicia. Y ahora, como banderín de salida de la “nueva-vieja” política urbanística de la ciudad,  para desarrollar  la Unidad de Actuación de Santa Teresa llenándola de construcciones, se ha buscado una edificación para un cuerpo, que debido a su significación, como defensores de la ley y el orden, pueda tener menos oposición y/o más aceptación social. Curiosamente, la Guardia Civil es un cuerpo que tiene un papel destacado en la lucha contra el expolio arqueológico, lo que choca con la idea de que su cuartel se vaya a construir precisamente sobre restos del pasado de gran valor.


Ilustració 6. Excavaciones a principios del siglo XX en el Circo Romano de Toledo. Los restos arqueológicos en Vega Baja se extienden por un amplio territorio que abarca toda la llanura de inundación, y las laderas que la circundan.

En 2015, Milagros Tolón, alcanzó el gobierno municipal, con el apoyo de Ganemos. Su inicio de mandato coincide en el tiempo con las sentencias y contra sentencias que anulaban el POM 2007. La primera sentencia anulatoria es del año 2011. En  2014, el Tribunal Supremo, desestimó elrecurso de casación presentado por el Ayuntamiento de Toledo, y ratificó lasentencia de 2011. Poco después, el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha suspendió la ejecución de la sentencia, lo que contribuyó a embarrar más el asunto. Así, a base de recursos y contra-recursos, se llegó a la legislatura de Milagros Tolón, con una confusión total en relación al urbanismo de la ciudad. Apenas había arrancado su mandato cuando una providencia del Tribunal Superior de Justicia levantó la supresión de ejecución de las cinco sentencias ya pronunciadas sobre el POM, lo que de hecho dejaba anulado el POM, aunque el Ayuntamiento volvió a recurrir, esta vez al Constitucional. La confusión era máxima, por la complejidad del procedimiento y nadie tenía claro lo que hacer. Milagros Tolón, llegó a convocar una reunión multitudinaria, con cientos de políticos y técnicos, donde se presentó un avance del nuevo POM que pensaban redactar, dando por muerto el anterior. En la práctica, eso no llevó a ningún lado, porque nunca más se volvió a hablar del nuevo POM, sino que el gobierno municipal se embarcó en una huida hacia adelante, sin rumbo, que culminaría en el año 2018, con la sentencia firme de anulación del POM, y sin posibilidad de recurso. 

Ilustración 7. Prospección ARP. Mapa de resistividad que muestra las características del subsuelo (J.M. Rojas y A.J. Gómez, 2009)

Pues bien, en ese espacio de tiempo, con un POM anulado por la justicia, pero con el Ayuntamiento recurriendo, se desarrolló un proyecto urbanístico de gran controversia en la ciudad. Ya que supuso el “reinicio” de las actuaciones urbanísticas en Vega Baja. En el año 2016 el Ayuntamiento de Toledo presentó un PAU (Programa de Actuación Urbanística), denominado 34, o Santa Teresa II, que era un PAU que ya se encontraba en el POM 2007, que como vimos estaba en ese momento en la situación de que el Tribunal Superior de Justicia había dicho, recientemente, en el año 2015, que las sentencias, del año 2011, debían ejecutarse. Este PAU, a mi juicio se encuentra en una nebulosa legal, porque a pesar de la sentencia, ratificada por el Tribunal Superior de Justicia, el Ayuntamiento de Toledo estaba desarrollando un PAU, amparado “según ellos”, por los recursos que había interpuesto, y que como sabemos fueron desestimados, uno tras otro, a lo largo del tiempo, en su totalidad. El programa urbanístico contemplaba 87 viviendas, 187 plazas de aparcamiento, y la construcción de varios viales, especialmente uno que unía la Avenida de América con la Avenida Carlos III. Hasta el momento actual, nadie sabe cuál era el contenido arqueológico del suelo, correspondiente al espacio ocupado por los bloques de viviendas, porque la lejanía de las excavaciones que se llevaron a cabo no permitía que los ciudadanos pudiéramos ver lo que había allí, pero sí pudieron verse los restos aparecidos en el vial que conectaba con Carlos III, y aunque desconocemos el informe arqueológico, la entidad en cuanto a estructuras que se veía allí, estaba en la línea de lo aparecido en Vega Baja I, y lo que las prospecciones geofísicas y sondeos habían mostrado previamente un poco más al oeste, es decir, un gran potencial arqueológico. Por otra parte, la controversia principal, aparte de la construcción en un limbo urbanístico, y la importancia de los restos arqueológicos aparecidos, se encontraba en que esos bloques, los primeros que se levantaban en la zona después de muchos años, y ahora con una legislación de protección de patrimonio, y unos condicionantes paisajísticos recogidos en la declaración de Toledo como Patrimonio de la Humanidad, y en el Plan Especial del Casco Histórico, rompían con todos los preceptos en cuanto a las zonas de respeto y protección del paisaje.

Inmediatamente después de la anulación definitiva del POM 2007, en lugar de que la administración municipal repensara el urbanismo de la ciudad: siempre habían dicho que ese POM no era el suyo, sino el del PP, se embarcaron en una serie de modificaciones puntuales del PGMOU de 1986, la 28 y la 29, con la intención de legalizar todo lo que se había empezado a ejecutar con este POM anulado, y/o lo que estaba recogido en el mismo. De esta manera, con la aprobación por parte del Ayuntamiento de Toledo y la Junta de Comunidades, de la Modificación Puntual 28, para la zona se vuelve a recuperar lo mismo que estaba planificado en el POM anulado, y que “no era el suyo”, retrotrayéndonos, no como dice la sentencia del POM 2007, al momento anterior de que se sacare el plan por segunda vez a exposición pública, sino al momento de plena vigencia inicial del POM, lo que supone, en términos trapecistas, un cuádruple salto mortal hacia atrás, sin red, y querer caer de pie e intactos, de nuevo, en la urbanización de Vega Baja I, Vega Baja II, el Circo Romano y el Cristo de la Vega.

Mientras se sigue sin un plan serio sobre qué hacer con Vega Baja, la improvisación, o tal vez no (no sabemos si todo está pensado de antemano) sigue campando a sus anchas. Lo lógico, y razonable, sería realizar un plan integral sobre el patrimonio y el paisaje de Vega Baja, que recoja todo lo que se quiera hacer en este espacio. Una vez redactado ese plan habría que ejecutarlo, y no antes, porque no se puede empezar la casa por el tejado. Pues en lugar de eso, el planteamiento es que, para demostrar que se puede hacer algo en Vega Baja (en este caso dentro del espacio declarado BIC), lo mejor es improvisar y hacer una “senda peatonal”, que atraviese todo el yacimiento arqueológico. Una senda con un coste económico importante, que nadie había pedido, y que, por supuesto, nadie ha planificado en un plan global y que, hipotecará cualquier decisión futura sobre este espacio. Tal vez una senda o varias de este tipo podrían ser interesantes, pero que como decía, dentro de un plan pensado para poner en valor el yacimiento o para que los ciudadanos disfruten de ese espacio. En ausencia de dicho plan, la senda no deja de ser un camino muy caro, de poca utilidad ciudadana y que divide el espacio, en un contexto en el que parece que varias instituciones, ahora curiosamente, en línea con los postulados políticos, dispuestas a sacrificar espacios valiosos de Vega Baja,  al urbanismo, para, a cambio, financiar el proyecto cultural.

Ilustración 8. Cuartel de la Guardia Civil de Toledo en su ubicación actual.
Se proyecta trasladarlo a la UA 37 o Ampliación de Santa Teresa,
en un lugar lleno de restos arqueológicos
Y para poner la guinda al pastel de Vega Baja, en un reciente acto público, la alcaldesa de Toledo, anunció la próxima construcción de un nuevo cuartel de la guardia civil en terrenos de la Unidad de Actuación de Santa Teresa. El asunto supone la permuta de los terrenos que ocupa el antiguo cuartel, donde presumiblemente se construirían viviendas, por el espacio en Vega Baja, donde, en su momento, estuvo prevista la construcción del Corte Inglés. Es decir, pretenden construirlo en la Unidad de Actuación 37 del antiguo POM 2007, o el PERIM UA 7 +37, un área que como hemos visto ha sido recuperada por la Modificación Puntual 28 del PGMOU 1986, para usos terciarios-dotacionales. Dicho espacio se encuentra fuera de la zona delimitada como BIC, pero como hemos dicho con anterioridad, y no me cansaré de repetir, esto sólo es el producto de una mala delimitación de la zona arqueológica, porque como demuestran todas las evidencias los restos arqueológicos se extienden más allá de la zona declarada, a toda la Vega, por lo que la administración regional debería realizar una modificación de dicha declaración, y ampliar el BIC, congruente con los datos científicos. Si consideramos que el espacio exterior al BIC es el mismo que el interior, y así lo muestran las evidencias, la más fuerte de ellas, la prospección geofísica y los sondeos de comprobaciónrealizados en 2009, y no un espacio diferente, y la administración tutelar no interviene, podríamos considerar que se está destruyendo el yacimiento arqueológico, y por lo tanto entraríamos en una competencia esencial de la Administración del Estado de “garantizar la conservación del Patrimonio Histórico Español, así como promover el enriquecimiento del mismo y fomentar y tutelar el acceso de todos los ciudadanos a los bienes comprendidos en él. Asimismo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 149.1, 28, de la Constitución, la Administración del Estado protegerá dichos bienes frente a la exportación ilícita y la expoliación”.

Ilustración 9. Excavaciones arqueológicas en la UA 34 antes de construir los cuatro bloques de pisos. Unos metros más allá, en el vial que conectó con la Avenida Carlos III, eran visibles potentes muros, como los existentes en el yacimiento Vega Baja. Se desconoce el contenido del informe arqueológico. 

El Artículo 4 de la LPHE dice con respecto a la expoliación que,  “A los efectos de la presente Ley se entiende por expoliación toda acción u omisión que ponga en peligro de pérdida o destrucción todos o alguno de los valores de los bienes que integran el Patrimonio Histórico Español, o perturbe el cumplimiento de su función social. En tales casos la Administración del Estado, con independencia de las competencias que correspondan a las Comunidades Autónomas, en cualquier momento, podrá interesar del Departamento competente del Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma correspondiente la adopción con urgencia de las medidas conducentes a evitar la expoliación. Si se desatendiere el requerimiento, la Administración del Estado dispondrá lo necesario para la recuperación y protección, tanto legal como técnica, del bien expoliado.”

Ilustración 10. Vega Baja mostrando las diferentes unidades urbanísticas diferenciadas por colores y en la UA37, o parcela donde se quiere construir el cuartel de la Guardia Civil, montaje de la prospección geofísica, y la  interpretación de la misma, que muestran la presencia de importantes restos arqueológicos. 

 Nos encontramos ahora en el verano de 2019, en una situación muy parecida a la que se vivió en aquel momento de 2006, cuando Vega Baja estuvo a punto de desaparecer. Aunque ahora tenemos la ventaja de que, hasta cierto punto, sabemos qué hay en el yacimiento, y que este se extiende por buen parte de la Vega, más allá, de la línea que la Junta de Comunidades señaló en el año 2008, en un papel, como límite del mismo. Y lo que es más importante, todavía no han entrado las máquinas. Estamos a tiempo de dar una solución definitiva al espacio de Vega Baja, y recuperarlo para “todos” los ciudadanos. La administración debería reconsiderar su empecinamiento en construir en ese espacio, que destruiría el yacimiento o parte de él, que es lo mismo (pues claramente se trata de una unidad, de la que no pueden extirparse elementos, pues son órganos esenciales y el paciente moriría), y eliminaría el paisaje que se comprometió a respetar desde 1940, y especialmente desde que Toledo fue declarada Patrimonio de la Humanidad. Si la administración municipal y la regional no hacen nada al respecto, el Estado debería intervenir en base a su competencia en relación a la expoliación del patrimonio histórico español. 

El tiempo de compactar la ciudad, de rellenar los vacíos ya ha pasado. La ciudad se ha construido dispersa, y eso ya no tiene solución. Se pueden compactar espacios, y crecer, si es necesario, por otros ámbitos, y aprovechar la situación, de este “accidente” en Vega Baja, para conseguir una ciudad mucho más amable con los ciudadanos, en la que la cultura, el patrimonio y el medio ambiente, formen parte integral de la vida de los vecinos, con unos espacios que pueden suponer un alto nivel en la calidad de vida. Otras ciudades no han tenido esta oportunidad, y se han condenado para siempre. En una ciudad, irremediablemente dispersa, la diferencia está en pasear de barrio a barrio entre bloques de viviendas iguales, anodinos y asfalto, o hacerlo entre espacios verdes, jardines botánicos, paseos con moreras, y felicidad.


Referencias









VV.AA. 2009: La Vega Baja de Toledo, Toletum Visigodo


Isabelo Sánchez Gómez
Licenciado en Geografía e Historia
Máster en Patrimonio Histórico: Investigación y Gestión
Miembro de la plataforma “Toledo. Sociedad, patrimonio y cultura”